La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la reelección indefinida en la provincia de Formosa, basándose en el artículo 132 de la Constitución de Formosa por no establecer límites a la reelección del gobernador provincial.
La “Confederación Frente Amplio Formoseño” había interpuesto una acción de amparo para declarar inconstitucional el artículo 132 de la Constitución provincial. Según el texto vigente y aprobado en el año 2003, establece que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”.
En detalle, la decisión de la Corte Suprema llega ante la indefinición que marca la Carta Magna formoseña. La constitución de Formosa no habla de "indefinidas". Deja abierta la interpretación. “El Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”, afirma. Sin embargo, el tribunal supremo definió la declaración de inconstitucionalidad del mencionado artículo sobre el que se apoya el oficialismo formoseño dirigido por Insfrán.
Ante esto, los jueces Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda - en el voto que encabezó el pronunciamiento y en el que concurrió en lo sustancial el magistrado Ricardo Lorenzetti - confirmaron que el planteo propuesto por la acción de amparo de la oposición correspondía a la competencia originaria del tribunal supremo. Luego, destacaron que la cuestión se ceñía a delimitar si la cláusula constitucional impugnada, cuya única interpretación posible conducía a la posibilidad de reelección indefinida, resultaba compatible con el sistema republicano que las provincias deben asegurar. Por ello, Maqueda y Rosatti puntualizaron que la reelección indefinida “diluye la separación de poderes” y “atenta contra el propio principio democrático” ya que debilita los sistemas de "frenos y contrapesos" y permite acumular un capital político que hace a las elecciones desleales. “Limitar la democracia puede ser la única forma de resguardarla”, explicaron.
Fuente ambito.com