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Cuáles son las reformas en seguridad que se aprobaron en Diputados

Por Redacción

Viernes, 07 de febrero de 2025 a las 10:52

Luego de la aprobación de la ley Bases económica, el Poder Ejecutivo se respalda en el Congreso para implementar su plan de gobierno en otras dos áreas: la reforma electoral y un nuevo régimen de seguridad. Esta misma semana, la Cámara de Diputados le dio media sanción (aún resta la decisión del Senado) a un proyecto que cuenta con el tutelaje de Patricia Bullrich: reiterancia, reincidencia y unificación de penas.

Los tres abordajes que integran la propuesta oficialista comparten un objetivo: ampliar las condiciones para que la Justicia dicte la prisión preventiva y establecer penas más largas a aquellas personas involucradas en más de un delito. "La policía, en reiteradas ocasiones, detiene a los delincuentes, pero estos vuelven a las calles rápidamente porque el sistema judicial no tiene las herramientas necesarias para aplicar sanciones más efectivas", le dijo a Ámbito la titular de la Comisión de Legislación Penal en Diputados, Laura Rodríguez Machado (PRO).

 

Las propuestas presentadas por el Poder Ejecutivo buscan reformar el Código Penal en su artículo 50 para agravar en un tercio la condena para los reincidentes ("toda persona que haya sido condenada dos o más veces a una pena privativa de la libertad"). También se sustituye el artículo 55 para unificar condenas, indicando que "la pena aplicable al reo tendrá como mínimo, el mínimo mayor y como máximo, la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos".

En cuanto a la reiterancia delictiva (conducta transgresora de la ley en la que no se produjo condena), comenzaría a considerarse como argumento para determinar la prisión preventiva durante una investigación (modifica artículo 218 del Código Procesal Penal). En ese marco, se establecen figuras que amplían las condiciones para la prisión preventiva: presunción de peligro de fuga, de obstaculización de la investigación y de reiterancia delictiva.

Finalmente, el juicio en ausencia modifica la legislación procesal penal para permitir la continuidad y la culminación del proceso penal aunque se dé la ausencia del imputado en algunos delitos. En ese marco, la autorización se concretaría cuando un juez declara rebeldía del imputado por no comparecer ante el Tribunal, por ausentarse en su domicilio sin justificación o por haberse fugado de su lugar de detención, en caso de determinados delitos considerados graves.

Fuente: ambito.com

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