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La tasa en Lima que reaviva el debate sobre el uso de los servicios públicos por extranjeros en Argentina

El cobro de 11,86 dólares por escala volvió a poner en discusión la necesidad de avanzar en criterios de reciprocidad y orden fiscal, un camino que el Gobierno empezó a recorrer con el Decreto 366/2025.

Por Redacción

Lunes, 19 de enero de 2026 a las 16:16

Desde el 7 de diciembre de 2025 está en vigencia en el aeropuerto Jorge Chávez de Lima una tarifa de 11,86 dólares para quienes realizan conexiones internacionales. Aunque ya no es una novedad, el impuesto vuelve a poner en discusión un tema que trasciende fronteras: cómo Argentina administra sus políticas públicas para extranjeros y hasta qué punto debe condicionar el acceso a servicios financiados por todos los contribuyentes.

En el debate interno argentino también vale la pena observar cómo otros aeropuertos de la región manejan sus costos. El Aeropuerto Internacional Jorge Chávez de Lima aplica desde diciembre de 2025 una tarifa de 11,86 dólares por pasajero que realiza únicamente una conexión internacional, un cobro que ha generado quejas del sector turístico y advertencias de aerolíneas sobre pérdida de competitividad frente a otros hubs regionales. A eso se suma la modalidad de pago: quienes abonan en efectivo reciben el vuelto en soles peruanos, mientras que los argentinos que pagan con tarjeta enfrentan un costo mayor por el tipo de cambio aplicado, lo que encarece aún más la escala para pasajeros en tránsito.

Una comparación con otros aeropuertos de Sudamérica muestra que Lima aparece como una excepción en la región. Terminales clave como Santiago de Chile, Bogotá, Ciudad de México, Panamá, Quito, Guayaquil, El Salvador y Buenos Aires no aplican ninguna tasa específica por realizar escalas internacionales, lo que reduce costos para los pasajeros en tránsito. São Paulo, en cambio, sí cobra una tarifa de conexión, pero sensiblemente menor, de alrededor de 2,5 dólares por tramo, muy por debajo de los 11,86 dólares que exige el aeropuerto de Lima, una diferencia que evidencia la disparidad de criterios tarifarios entre los principales hubs regionales.

Este tipo de diferencias tarifarias se vuelve relevante en la discusión argentina porque evidencia que el cobro de tasas no es inevitable ni uniforme en la región; depende de decisiones administrativas de cada aeropuerto y de cómo cada país estructura sus políticas de transporte y conectividad.

En Argentina, el debate sobre el uso de servicios públicos por parte de extranjeros ganó visibilidad con la publicación, el 29 de mayo de 2025, del Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, firmado por el Poder Ejecutivo para reformar aspectos de la ley migratoria. La normativa modifica la Ley de Migraciones y otras normas conexas, habilitando, entre otras cosas, que establecimientos de salud pública puedan cobrar por atención a extranjeros que no cuenten con residencia permanente, salvo en casos de emergencia, y que universidades estatales puedan establecer aranceles para estudiantes extranjeros sin residencia permanente.

El gobierno argumenta que estas medidas responden a la necesidad de garantizar la sostenibilidad fiscal de servicios esenciales y evitar la utilización intensiva de recursos públicos por parte de personas que no contribuyen al sistema tributario argentino. Según funcionarios oficiales, la reforma busca equilibrar derechos y obligaciones, asegurando que quienes acceden a educación superior o atención sanitaria sin residencia permanente lo hagan con respaldo financiero, ya sea mediante seguros o el pago de contraprestaciones.

En términos prácticos, esto marca un cambio respecto al modelo tradicional argentino, que durante décadas garantizó el acceso a la salud y la educación pública en condiciones muy amplias para residentes, incluidos extranjeros con residencia regular. Con las modificaciones del DNU 366/2025, el acceso universal e irrestricto queda condicionado al estatus migratorio, con la intención explícita del gobierno de que los recursos del Estado se destinen primero a quienes residen en el país de manera permanente y contribuyen al sistema fiscal.

La medida fue recibida con distintas reacciones. Para sectores técnicos y aliados al gobierno, la reforma constituye un paso hacia un sistema más sostenible y equitativo, que busca evitar la sobrecarga de servicios públicos en contextos de fuerte presión presupuestaria y mejorar la planificación de recursos. Incluso algunos economistas y analistas sostienen que, en un país con limitaciones fiscales crónicas, estas reformas pueden contribuir a una mejor asignación del gasto público sin eliminar completamente derechos básicos en situaciones de emergencia.

Por otro lado, organizaciones sociales y parte de la oposición han expresado reservas y críticas, señalando que condicionar el acceso a derechos fundamentales en función del estatus migratorio podría restringir libertades y derechos consagrados en la Constitución y tratados internacionales. Esto refleja la complejidad de equilibrar la sostenibilidad fiscal con los principios de inclusión que históricamente han caracterizado al sistema argentino.

El debate no es puramente técnico: implica reflexionar sobre el contrato social detrás de servicios como salud y educación, cuya gratuidad en Argentina ha sido considerado un pilar de movilidad social durante generaciones. El DNU 366/2025 no elimina esos servicios, pero introduce la idea de que el acceso a algunos de ellos puede estar condicionado por contribución o residencia, una filosofía que el gobierno actual presenta como coherente con sus objetivos de orden fiscal y seguridad jurídica.

Así, mientras muchos argentinos expresan frustración por tener que pagar tasas adicionales en un aeropuerto extranjero por una simple escala, el debate interno pone sobre la mesa una pregunta más amplia: ¿cómo debe Argentina equilibrar la apertura histórica a migrantes con la necesidad de preservar la sostenibilidad de sus servicios públicos? El enfoque adoptado por el gobierno con el DNU 366/2025 apunta a una respuesta que, para sus promotores, combina orden fiscal con reconocimiento de derechos básicos, condicionados por responsabilidades. El tiempo dirá si este modelo logra conciliar ambos objetivos de manera efectiva.

 

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